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Lunes, 25 de Noviembre de 2013 23:15
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Sentencia del TS de 6 de noviembre de 2013. Recurso de casación en interés casacional. La Sentencia establece que el acuerdo adoptado por la junta de propietarios tiene fuerza ejecutiva, sin perjuicio de poder ser impugnado en los plazos legalmente previstos. En consecuencia, si no resultase impugnado, con independencia del posible existo de dicha impugnación.


icon STS 06-11-2013 Obras inconsentidas por la Comunidad

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