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Viernes, 22 de Marzo de 2019 10:43
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Desde el día 16 de febrero de 2019 está en vigor el REGLAMENTO (UE) nº 2016/1191, por el que se suprime la exigencia de legalización para los documentos públicos extranjeros sobre las siguientes materias:


  • Nacionalidad
  • Domicilio o residencia
  • Nombre
  • Divorcio, separación judicial o anulación del matrimonio
  • Ausencia de antecedentes penales
  • Nacimiento
  • Filiación
  • Hecho de que una persona está viva
  • Defunción
  • Matrimonio (incluidos la capacidad para contraer matrimonio y el estado civil)
  • Unión de hecho registrada (incluidas la capacidad para registrarse como miembro de una unión de hecho y la condición de miembro de una unión de hecho registrada)
  • Cancelación del registro de una unión de hecho, el divorcio judicial o la anulación de una unión de hecho registrada
  • Adopción
  • Derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales y en las elecciones al Parlamento Europeo




Fuente: https://www.boe.es/doue/2016/200/L00001-00136.pdf

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