La Orden JUS/394/2020, de 8 de
mayo, por la que se aprueba el Esquema de Seguridad Laboral y el Plan de
desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19, establece que
el retorno a la actividad ordinaria de la Administración de Justicia se realizará
en cuatro fases sucesivas.
El apartado cuarto de la citada Orden
prevé que el Ministro de Justicia pueda modificar, previa comunicación a la
Comisión de Coordinación, las fases comprendidas en el Plan de desescalada para
adaptarlas a los cambios en los escenarios de lucha contra el COVID-19 y a las
indicaciones de la Autoridad Sanitaria.
De acuerdo con las Comunidades
Autónomas con competencias transferidas, el Consejo General del Poder Judicial
y la Fiscalía General del Estado, y en consultas con los Consejos Generales de
la Abogacía, Procuradores y Graduados Sociales, así como con las organizaciones
sindicales, y de conformidad con las recomendaciones de la Autoridad Central
Sanitaria en virtud de la Orden SND/261/2020, de 19 de marzo, resuelvo: