Con la sentencia de la Sección
Primera se estima parcialmente el recurso presentado por Google contra la
resolución del director de la Agencia de Protección de Datos (AEPD) que ordenó
retirar ocho noticias relacionadas con esa causa después de que así lo
solicitara la persona afectada.
La Sala concluye que prima la
libertad de expresión e información sobre el derecho al olvido en noticias
relacionadas con un proceso judicial, pero añade el matiz de que, dada la
naturaleza de los hechos juzgados, debe situarse en primer lugar la noticia que
refleja el resultado del procedimiento judicial en el que resultó absuelto el
reclamante.